Aprobado el nuevo decreto del registro de Turismo en Andalucía

EXPRESO - 06.02.2008

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el decreto de organización y funcionamiento del Registro de Turismo; norma que sustituye a la  de 1990, unifica requisitos y procedimientos de inscripción anteriormente recogidos en los decretos de establecimientos hoteleros, campamentos turísticos, turismo activo y turismo en el medio rural.

La norma incorpora, además, los últimos avances en administración electrónica para facilitar el acceso a la información.

En sus disposiciones generales, el texto especifica que el Registro tendrá como objetivos básicos facilitar el conocimiento, clasificación y control de los establecimientos que desarrollan actividades y prestan servicios turísticos en la comunidad autónoma; servir de instrumento para la elaboración de planes y estadísticas relacionadas con la actividad, y proteger a los usuarios eliminando situaciones de clandestinidad y competencia desleal.

La inscripción será gratuita y tendrá carácter obligatorio tanto para la prestación de servicios como para poder acceder a ayudas y subvenciones en materia de turismo.

Como principal novedad, el decreto determina que la construcción, ampliación o reforma de un alojamiento turístico requerirá, para su inclusión en el Registro, de un informe vinculante de la Consejería de Obras Públicas y Transportes sobre la legalidad urbanística del proyecto, que también será previo al otorgamiento de las correspondientes licencias municipales.

De acuerdo con la nueva norma, el Registro incluirá establecimientos de alojamiento y restauración; empresas de intermediación; guías; asociaciones, fundaciones y entidades de fomento turístico; oficinas de turismo; palacios de congresos; entidades organizadoras de turismo activo, ecológico o ecoturismo; declaraciones de interés turístico; rutas turísticas; empresas de organización profesional de congresos y cualquier otro establecimiento o sociedad cuando, por su relación con la actividad, se determine reglamentariamente.

Redacción. Q.R

Comentarios