Consumidores españoles impugnan cláusulas abusivas de aerolíneas

EXPRESO - 03.08.2011

La OCU, Organización de Consumidores y Usuarios, ha impugnado ante los tribunales de justicia hasta cuarenta cláusulas de los contratos de cinco aerolíneas: Ryanair, Iberia, Spanair, Air Europa y Vueling, al considerar que son abusivas y perjudican a todos los viajeros.
Así, la OCU ha interpuesto la llamada acción de cesación contra las condiciones generales de la contratación de estas aerolíneas ya que muchas de esas condiciones, redactadas por las propias aerolíneas unilateralmente, son para la Organización, ‘desequilibradas, desproporcionadas y abusivas’.
De este modo, hasta este momento, un usuario perjudicado por la aplicación de una de estas cláusulas -por ejemplo la que impone el pago de los llamados ‘gastos de gestión’- tiene que acudir a los tribunales individualmente.
No obstante, si la OCU obtuviera una sentencia favorable, las compañías serán condenadas a eliminar esas cláusulas, que desaparecerán de todos los contratos, ‘no pudiendo perjudicar a más pasajeros por los motivos impugnados’.
Hay que destacar alguna de las cláusulas y prácticas de las aerolíneas impugnadas en las demandas presentadas por la OCU:
· Por ejemplo, en los billetes de ida y vuelta, la aerolínea cancela el billete de vuelta si, por cualquier razón, el usuario no ha utilizado el viaje de ida.
· La aerolína se reserva el número máximo de menores que pueden subir a bordo.
· La aerolínea carga al usuario un importe por un concepto tan ambiguo como el de ‘gestión de billetes’.
· La aerolínea se reserva la facultad de decidir qué documentación identificativa debe presentar el viajero, pese a que la Agencia Española de Seguridad Aérea tiene claramente establecidos qué tipo de documentos son los válidos para viajar.
· La aerolínea no acepta dinero en efectivo como medio de pago.
· La aerolínea obliga al consumidor a reclamar en los tribunales de un país extranjero, caso de que surja algún conflicto.
· Pese a que la ley establece que en el billete sevincluye el derecho del usuario a ser trasladado con su equipaje, algunas compañías se reservan la posibilidad de cobrar al pasajero por facturar cualquier tipo de equipaje.
· La aerolínea puede denegar el embarque a toda una familia numerosa si no lleva consigo el título acreditativo.
· La aerolínea no permite el embarque si el usuario no presenta, además de la tarjeta de embarque y el DNI, la tarjeta de crédito con la que compró el billete.
· La compañía puede cambiar a su antojo la plaza elegida por el viajero alegando ‘motivos de funcionamiento’ y también puede registrar su equipaje aunque el pasajero no esté delante, cuando solamente las fuerzas y cuerpos de seguridad pueden llevar a cabo este registro.
Así, como se recuerda desde la OCU, ‘aunque estas cláusulas ya fueron declaradas abusivas en demandas presentadas por la asociaciónen el pasado, las compañías siguen sosteniendo que los horarios no forman parte de los contratos y, por tanto, no les vinculan’.
Expreso. Redacción. T.A

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