Chile recopila preguntas frecuentes en turismo por el Covid-19

EXPRESO - 22.03.2020

Una vez que Chile entrara a la fase 4 del coronavirus, Covid-19, las autoridades de Gobierno decretaron una serie de medidas para frenar la propagación de la enfermedad, entre ellas el cierre de fronteras terrestres, aéreas y marítimas para el tránsito de personas extranjeras.

¿Quiénes no pueden ingresar al país desde el miércoles 18 de marzo? 

Los pasajeros extranjeros. Si eres chileno o residente permanente en Chile, con tu documentación respectiva, podrás ingresar al país. 

¿Hasta cuándo rige el cierre de fronteras? 

El cierre de fronteras comienza a regir desde el miércoles 18 de marzo de 2020 por 15 días. La medida será renovable de acuerdo a la necesidad y no afectará la entrada y salida de carga y del personal asociado, de forma de garantizar el normal abastecimiento de los bienes y servicios en nuestro país. 

¿Quiénes deben pasar por cuarentena? 

Chilenos y residentes permanentes en Chile que provengan de lugares de alto riesgo podrán ingresar a nuestro país sometiéndose a la Aduana Sanitaria y a una cuarentena obligatoria de 14 días. 

¿Cuáles son los países de alto riesgo? 

A la fecha se consideran países de alto riesgo China, República de Corea, Japón, Italia, España, Alemania, Francia e Irán. 

¿Qué pasa si no cumplo la cuarentena obligatoria? 

Arriesgas multas de hasta 20 UTM y penas de cárcel de presidio menor en su grado mínimo para quienes no cumplan con las instrucciones y pongan en riesgo la salud de los demás.

¿El aeropuerto estará abierto? 

El aeropuerto mantendrá sus operaciones aeroportuarias activas. Se recomienda no acudir al terminal aéreo si tu vuelo no está confirmado. 

¿Puedo salir de Chile? 

Todo pasajero, chileno o extranjero, puede salir del país. Consulta con tu aerolínea sobre el estado de los vuelos e infórmate si el país de destino tiene alguna restricción o cierre de frontera. 

¿Los vuelos nacionales se ven afectados por las medidas del Gobierno? 

Hasta el momento las medidas aplican sólo para las llegadas de vuelos internacionales, sin embargo se recomienda consultar el estado del vuelo con la aerolínea. 

¿Saldrá mi vuelo? 

Siempre consulta con tu aerolínea sobre la programación de tu vuelo nacional o internacional antes de acudir al aeropuerto. 

¿Se puede viajar dentro de Chile? 

Hasta el momento no existen restricciones de desplazamiento en Chile, a menos que la persona esté en cuarentena o el resultado del examen de coronavirus esté pendiente. Eso sí, se recomienda no salir a menos que sea necesario para evitar el contagio de Covid-19. 

Cabe mencionar que desde el 19 de marzo rige el Estado de Excepción Constitucional que permite dictar una serie de medidas, entre ellas establecer cuarentenas o toques de queda y limitar el tránsito o locomoción de personas.

¿Qué pasará con mi viaje de programa social? 

Todos los programas sociales como Vacaciones Tercera Edad, Turismo Familiar y Gira de Estudio fueron reprogramados y las próximas fechas serán informadas de forma oportuna.

¿Qué ocurre si mi aerolínea me cobra por cambiar el vuelo o no hace devolución de dinero?

La reprogramación de vuelos y los reembolsos de pasajes dependerá exclusivamente de las políticas de cada empresa. Si consideras que se vulneran tus derechos como consumidor dirígete al Sernac para tramitar tu denuncia. 

¿Qué pasará con la recalada de cruceros? 

Chile prohibió la recalada de cruceros en las costas nacionales hasta septiembre de 2020 con el fin de contener la propagación del Covid-19. 

¿Qué pasa si en mi recinto turístico tengo a personas extranjeras provenientes de países de alto riesgo? 

Si los turistas presentan fiebre u otros síntomas de infección respiratoria se debe informar inmediatamente a la Autoridad Sanitaria Regional, quienes evaluarán el caso para determinar si corresponde o no a un caso sospechoso. 

Hasta la llegada de la Autoridad Sanitaria Regional, se llevará a la persona a alguna dependencia que le permita mantenerse aislado del contacto con otros huéspedes y personal.

Si la Autoridad Sanitaria Regional determina que no corresponde a un caso sospechoso, se podrán retomar las actividades habituales y regulares en el establecimiento de alojamiento.

Si la Autoridad Sanitaria Regional determina que sí corresponde a un caso sospechoso, el director, administrador o quien se defina en el protocolo del establecimiento de alojamiento turístico otorgará las facilidades y colaborará con las acciones de prevención y control impartidas por la Autoridad Sanitaria Regional. 

¿Qué sucede si un turista debe hacer cuarentena en mi recinto turístico? 

Si un turista debe permanecer en cuarentena en un establecimiento de alojamiento turístico se recomienda otorgar una habitación idealmente individual, con baño privado y buenas condiciones de ventilación, de acuerdo con los instructivos del Ministerio de Salud. 

El costo de la estadía durante el tiempo que se mantenga el aislamiento debe ser financiado por cada visitante. 

¿Qué pasará con las ferias internacionales de promoción turística? 

Todas las ferias nacionales e internacionales fueron canceladas y se evaluará su ejecución, según la disponibilidad y contingencia. 

¿Se paga el sueldo de los trabajadores si tengo que cerrar por cuarentena? 

Por cuarentena corresponde licencia médica y se paga conforme las reglas generales, Fonasa o Isapre. El Gobierno determinó que se entregarán licencias médicas a los trabajadores dependientes que hayan tenido contactos estrechos comprobados con casos confirmados de COVID-19 y a otros calificados que deban asumir cuarentenas obligatorias. 

¿Cuál es la normativa en caso de ser necesario despedir personal? 

Rige la normativa general. No existe una causal de “coronavirus” que exima del pago de indemnizaciones al trabajador desvinculado. 

¿Los restaurantes deben disminuir su aforo interno a 50 personas? 

No. Sin embargo, es importante adoptar todas las medidas de prevención de contagio establecidas por el Ministerio de Salud. 

¿Qué pasará con el IVA, operación renta, contribuciones, patentes municipales, imposiciones?

Corresponde al Ministerio de Hacienda evaluar e informar decisiones respecto de esas materias.

Expreso. Redacción. J.R

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