Ecuador regulará las operaciones turísticas de aventura

EXPRESO - 13.02.2014

El Ministerio de Turismo de Ecuador va a dar a conocer, próximamente, el Reglamento de Operación Turística de Aventura, con el que se regulará  toda la operación turística de aventura en el país

ECuador_aventuraEl Ministerio de Turismo de Ecuador va a dar a conocer, próximamente, el Reglamento de Operación Turística de Aventura, con el que se regulará  toda la operación turística de aventura en el país.  

El citado Reglamento permitirá regular las modalidades turísticas de aventura clasificadas de acuerdo al elemento natural donde se desarrollan que son tierra, agua y aire.
De este modo, son consideradas actividades de aventura en tierra ‘la cabalgata, canyoning, cicloturismo, escalada, exploración de cuevas, montañismo y senderismo.
En agua, las modalidades recreativas en embarcaciones motorizadas (boya, banana, parasailing y esquí), buceo, kayak de mar/lacustre, kayak de río, kite surf, rafting, snorkel, surf y tubing; y, en aire,  alas delta, canopy y parapente’, según detallan desde el Ministerio. 
La operación turística de aventura comprende las diversas formas de organización de viajes y visitas mediante modalidades turísticas de aventura y se realizará a través de agencias de viajes operadoras o duales, que se definen como las empresas comerciales, constituidas por personas naturales o jurídicas, debidamente autorizadas, para que se dediquen profesionalmente a la organización de modalidades turísticas de aventura. 
Expreso. Redacción. J.R

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