Rechazado el recurso de los hoteleros. Confirmada la legalidad de los pliegos del Imserso

EXPRESO - 14.06.2019

ImsersoLos hoteleros españoles han conocido la resolución del Tribunal Central de Recursos Contractuales que ha rechazado el recurso presentado contra los pliegos del programa Imserso, confirmando en su opinión que este contrato administrativo se ajusta a lo dispuesto en la legislación.  

Esta resolución ha caído con un jarro de agua fría en la industria hotelera, ya que en su opinión existían fundados motivos para que los pliegos fueran devueltos al Imserso para su reelaboración, ‘al no tener en cuenta para la definición de los pliegos aspectos tan esenciales como el coste real del servicio o los costes laborales, así como una discriminación al 'premiar' de forma desproporcionada la contratación de hoteles de cuatro estrellas’.   
Además, en un primer análisis, desde la patronal hotelera Cehat consideraran que ‘esta es una resolución inédita en la que el Tribunal se aparta completamente de su propia doctrina al pretender que seamos los interesados los que tengamos que explicar y justificar los costes, mientras que para el resto de los contratos es algo que corresponde exclusivamente a la Administración’.
La resolución que ocupa 35 folios y confirma la legalidad de la tramitación administrativa de los pliegos del Imserso, pero no legitima, a juicio de Cehat, ‘el menosprecio al que ha sido sometido el sector hotelero que es el principal contribuidor al sostenimiento del programa tanto en su condición de proveedor del servicio esencial como en principal subvencionador de estas estancias'.    
'A pesar de lo que pueda haber determinado esta resolución, todo el sector hotelero es unánime al determinar que vender estancias hoteleras en régimen pensión completa con vino y agua incluida a un precio de 20 euros por persona es trabajar a pérdidas’.   
Por ese motivo, y atendiendo a lo que se detalla en el propio texto de la resolución, el propio IMSERSO determina que los precios de la contratación hotelera para los que resulten licitadores en 2019 deberá oscilar en una cantidad entre 23 y 42 euros, pudiendo facturar de forma adicional, pues existe una partida para ello, todos los gastos derivados de la animación sociocultural y sanitaria.   
En estos momentos, los servicios jurídicos de CEHAT están estudiando a fondo la resolución para plantear, en su caso, un recurso contencioso-administrativo.
Expreso. Redacción. J.R

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