Desarrollo sostenible con la nueva Ley de Turismo de Andalucía

EXPRESO - 22.12.2011

andaluciaEl Parlamento ha aprobado la nueva Ley de Turismo de Andalucía, que sustituirá a la vigente norma de 1999 para adecuar las políticas autonómicas en la materia a los cambios registrados en la actividad turística y al nuevo modelo de economía sostenible que impulsa la Junta.
La norma tiene como objetivo central asegurar que el turismo siga siendo uno de los principales motores económicos de Andalucía. Para ello, incorpora en sus 84 artículos medidas de ordenación, promoción, mejora de la accesibilidad a los recursos, impulso a la cooperación público-privada, fomento de la creación de empleo y reforzamiento de las garantías de calidad y seguridad para usuarios y trabajadores.
Entre sus principales novedades, la norma prevé la creación de nuevos instrumentos de planificación coordinados con las políticas de ordenación del territorio. Asimismo, establece una reclasificación de la oferta, introduce la regulación de nuevas fórmulas de negocio como la propiedad horizontal, e incluye medidas para potenciar las actuales políticas de calidad e innovación.
Asimismo, la nueva Ley incorpora también las medidas de simplificación de trámites previstas en la Directiva Europea de Servicios en el Mercado Interior con el fin de agilizar la creación de empresas turísticas. Entre ellas, destaca la sustitución de la autorización administrativa para el inicio de la actividad por una declaración responsable del interesado.
La norma sitúa al territorio como principal recurso de la actividad turística. Por ello, potencia los instrumentos de planificación y crea nuevas figuras como los Marcos Estratégicos para la Ordenación de los Recursos y Actividades Turísticas, que determinarán el modelo aplicable a cada lugar. Además, fijarán los criterios para la aprobación de nuevos Programas de Recualificación de Destinos en espacios turísticamente saturados.
Suelo de uso turístico
En la misma línea y a través de una disposición final, el texto modifica la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía en el sentido de homogeneizar la definición de suelo de uso turístico. De acuerdo con ello, tendrán esta consideración los terrenos que se destinen a alojamiento en al menos un 50% de su edificabilidad total. De esta proporción, el 5% podrá dedicarse a servicios diferentes del alojamiento.
También regula fórmulas de negocio como los alojamientos en regímenes de propiedad horizontal y condominio, que deberán ser gestionados bajo unidad de explotación. De este modo, la gestión y comercialización de un conjunto de unidades de alojamiento correrá a cargo de un único sujeto, profesionalizado, responsable de la actividad y de la relación con los usuarios y la Administración.
Junto con estas regulaciones, la Ley establece una reclasificación de la oferta para introducir la distinción entre los servicios turísticos (alojamiento, intermediación, información, turismo activo, restauración y catering) y aquellas otras actividades con incidencia en el sector (estaciones de esquí, campos de golf, puertos deportivos, parques temáticos, programas de difusión cultural y congresos y eventos empresariales).
Por último, el texto refuerza las políticas de calidad e innovación que actualmente desarrolla la Junta, con proyectos como la Comunidad Turística de Andalucía, el centro de innovación 'Andalucía Lab' y el nuevo Plan de Calidad Turística 2010-12. En el ámbito de la promoción, se potencia la consideración de la región como destino turístico global proyectado de forma unitaria en los mercados nacional e internacional.
La nueva Ley ha contado en su elaboración con la participación de los agentes sociales y económicos, además de ser ratificado por el pleno del Consejo Andaluz de Turismo, principal órgano consultivo de la Administración autonómica en la materia. Asimismo, se han recogido consideraciones tanto del Consejo Consultivo como del Consejo Económico y Social (CES) de Andalucía.
Expreso. Redacción. A.R

Comentarios