Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia, con libre circulación de vehículos

EXPRESO - 09.11.2021

Así ha sido establecido mediante una resolución de la Comunidad Andina de Naciones por la que se facilitará el tránsito de más de 100 millones de ciudadanos de los citados países.

La resolución de la CAN, la Comunidad Andina de Naciones, significa que se va a facilitar el ingreso, permanencia y salida temporal de vehículos de uso privado de turistas en los países miembros de la organización.

Cuatro países, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia han aceptado esta resolución con el objetivo de fomentar el turismo en las naciones, incluso se creó el Grupo Ad Hoc de Turismo de la CAN para trabajar en la reactivación del sector.

Los datos hechos públicos por la OMT, la Organización Mundial del Turismo, subrayan que, en los meses más difíciles de la pandemia del coronavirus, entre enero y octubre de 2020, se registró una pérdida de 935.000 millones de dólares en ingresos por exportaciones del turismo internacional.

Con ello, desde la OMT se estimó que esta pérdida es diez veces superior a la que se produjo en 2009 como consecuencia de la crisis económica mundial.

Ahora, en lo que va de 2021, se viene registrando un descenso del 86% en la llegada de turistas extranjeros a los países sudamericanos.

Los datos de la OMT confirman que Bolivia, Ecuador y Perú, tres de los cuatro países de la CAN, se encuentran entre las 10 naciones en el continente americano más afectadas con pérdidas registradas sobre el turismo internacional.

Por todo ello, los miembros de la CAN tomaron una decisión de carácter supranacional para que los vehículos puedan ingresar y salir del territorio de los países miembros libres de impuestos y por los puntos oficiales de control aduanero fronterizos habilitados.

El plazo de validez de la autorización para la salida temporal y retorno del vehículo al país de origen será de un año contado a partir de su emisión.

En lo que se refiere al plazo de permanencia que otorgue al vehículo la autoridad aduanera del país donde se realizará el turismo, esta dependerá del permiso que la autoridad migratoria conceda al turista, conforme a las leyes migratorias de cada país.

Esta norma resultó aprobada en la Reunión Extraordinaria 154 de la Comisión de la CAN en la que participaron el secretario general de la Comunidad Andina, Jorge Hernando Pedraza y los viceministros de Comercio de Ecuador, Daniel Legarda en representación de la Presidencia Pro Tempore, Benjamín Blanco de Bolivia, Andrés Cárdenas de Colombia y Diego Llosa de Perú.

Jorge Hernando Pedraza, secretario general de la CAN, ha manifestado que ‘esta nueva norma andina que ofrece facilidades para la circulación de los más de 111 millones de ciudadanos de la CAN, contribuirá a la reactivación del sector turismo y por ende a la recuperación económica y social de nuestra región’.

La citada decisión de la libre circulación de vehículos con fines turísticos va a entrar en vigencia en 180 días después de la publicación de su Reglamento en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena.

Los países también aprobaron la denominada Nomenclatura Común de Designación y Codificación de Mercancías de los Países Miembros de la CAN, NANDINA, una nomenclatura que guarda relación con el sistema armonizado de la Organización Mundial de Aduanas y facilitará la identificación y clasificación de mercancías, el levantamiento de estadísticas, la gestión aduanera y la implementación de los aranceles nacionales en los países de la CAN.

Expreso. Redacción. J.R

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